¿Cuándo es recomendable interponer la Demanda Contenciosa Administrativa?
En cuál de las fases por las que pasa nuestro expediente es más recomendable interponer la Demanda Contenciosa Administrativa de Nacionalidad Española que permite acelerar la obtención de la resolución.
Los expedientes de Nacionalidad Española pasan por una serie de fases que resumimos a continuación:
- La fase de presentación, que como sabemos se realiza de forma telemática o por registro público, dejando atrás la posibilidad de hacerlo por el registro civil. En esta fase, nuestro expediente de nacionalidad española se encuentra en fase de tramitación.
- Posteriormente, pasaría a la fase pendiente de solicitud de informes.
- La siguiente fase sería la de pendiente de recibir los informes preceptivos oficiales y una vez que se reciben dichos informes pasaría al famoso estado «en calificación».
- En la fase de calificación el expediente ya está completo de informes y va a ser estudiado y calificado por un funcionario o calificador del Ministerio de Justicia.
¿Qué ocurre con los requerimientos?
No debemos olvidar que también en este transcurso el expediente puede pasar por la fase de requerimiento.
En esta fase, nos pueden requerir documentación adicional en caso de que el expediente no esté correcto. Una vez lo esté, finalmente pasaremos a la fase definitiva de resolución.
En esta fase de resolución obtendríamos el ansiado «concedido» o el temido «denegado». Pero, además, en el caso de existir cualquier tipo de denegación, existiría una fase posterior en la que podemos interponer un recurso de denegación.
En general, estas son todas las fases por las que puede pasar un expediente de nacionalidad española.
¿Cuánto tiempo puede tardar un expediente de nacionalidad en cada fase?
Hablar de cuánto tiempo un expediente puede estar en cada fase es una locura porque depende de muchos factores.
Concretamente, existe mucha variabilidad: hay expedientes que están un año pendientes de solicitud de informes, y expedientes que están dos meses en calificación frente a otros que están sólo un día en calificación, al igual que hay expedientes que están cinco meses pendientes de respuesta de informes frente a expedientes que están un mes pendientes de respuesta de informes.
Por tanto, es imposible vaticinar o decir con certeza cuánto puede durar cada fase del expediente de nacionalidad española.
Ventajas de interponer una Demanda Contenciosa Administrativa
Lo que sí podemos afirmar es que, con independencia de la fase en la que esté nuestro expediente de nacionalidad española, la demanda contenciosa administrativa permite acelerar el procedimiento hasta la obtención de la resolución.
Pero no se puede interponer hasta que el procedimiento no lleve iniciado al menos un año. Es decir, tendremos que esperar el tiempo mínimo de un año desde que interpusimos la solicitud de nacionalidad española, para poder plantearnos la solicitud de esta demanda contenciosa administrativa de nacionalidad española que permita acelerar considerablemente la resolución de ese expediente administrativo.
¿En qué fase puedo presentar la Demanda Contenciosa Administrativa?
El expediente en ese momento puede estar en distintas fases. Puede encontrarse en una fase de petición de informes, pendiente de respuesta de informes, o incluso en fase de calificación.
Particularmente, si tu expediente se encuentra en calificación, no aconsejamos actualmente interponer la demanda contenciosa administrativa, que es un proceso judicial. Y es que no merecería la pena dado que es una fase ya de por sí bastante avanzada dentro del procedimiento. Salvo que comencemos a observar que los expedientes puedan tardar meses o incluso años en fase de calificación como ha pasado anteriormente.
A día de hoy, los expedientes en calificación suelen tardar entre unos 15 a 60 días aproximadamente. Es por esto que no aconsejamos presentar la demanda, pues no merecería la pena interponerla cuando el expediente se encuentra en calificación.
¿Cuándo podemos presentar entonces la Demanda?
Cualquier fase previa o anterior a la fase de calificación, sí que merecería la pena interponer la demanda contenciosa administrativa porque normalmente nos suele dar muy buen resultado.
De hecho, solemos obtener la resolución en unos plazos razonables medios que rondan actualmente entre los 5 o 6 a los 8 o 9 meses.
Es cierto que muchos casos se han resuelto antes, en un mes o dos meses, pero es mejor informar de los plazos medios para no jugar con las ilusiones y la esperanza que tenéis depositadas en la resolución de vuestros expedientes.
Por tanto, si tu expediente lleva al menos un año y está en fase de calificación, es posible que no merezca la pena interponer la demanda. Pero si tu expediente se encuentra en una fase previa o anterior a la de calificación, sí que sería muy interesante interponerla porque vas a conseguir que tu expediente ande más rápido de lo que lo haría por la vía normal. Es decir, sin hacer nada.
¿De qué depende, por tanto, la decisión de presentarla o no presentarla?
Lo cierto es que al final, la decisión siempre va a depender de cada caso y de cada situación, por lo que será cada persona la encargada de tomar la decisión sobre si desea de esta forma acelerar su procedimiento o no.
Esto es así porque ahora mismo los expedientes en calificación tardan unos dos meses en esta fase. Si vemos que los expedientes empiezan a estar mucho más tiempo en calificación, entonces sí sería interesante e incluso hasta recomendable interponer la demanda en esos casos.
También es importante mencionar, que interponer una demanda contenciosa será un costo adicional a su solicitud de nacionalidad española por residencia. Ya que depende de trámites que debe efectuar y que serán remunerado. Por Tanto:
Lo primero que debemos tener en cuenta es que se trata de un procedimiento judicial, en el que un abogado y un procurador deben intervenir obligatoriamente.
Se trata, por tanto, de un trámite que el solicitante no puede realizar de forma autónoma: Se cuenta con asistencia letrada de un abogado, y con representante legal ante la Audiencia Nacional, esto es, el procurador.